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Legislatura

Vuelve a La Fortaleza medida que impide el cambio de sexo biológico a un menor

Si la gobernadora lo aprueba, se convertirá en ley.

Proyecto del Senado 350
Foto: Juan R. Costa / NotiCel

Regresa nuevamente al escritorio de la gobernadora Jenniffer González Colón, la medida que crea la "Ley para la protección de la salud y el bienestar de los menores de edad en Puerto Rico" con el fin de prohibir prácticas médicas para modificar el cambio de sexo de los menores de edad.

El Proyecto del Senado 350, de la autoría del presidente del Senado, Thomas Rivera Schatz y Joanne Rodríguez Veve, ya había sido avalado en ambos cuerpos legislativos, pero González Colón devolvió la medida para enmiendas.

La enmienda es que se exime de esta nuevas exigencias a todos los casos "donde ocurra una variante de hermafroditismo u otros casos que contengan alguna disfunción genética o fisiológica certificada por un endocrinólogo pediátrico o pediatra que podrán realizar el tratamiento que las guías medicas permitan".

Además, la prohibición antes dispuesta "no aplicará al tratamiento de condiciones médicas ajenas a la definición de mutilación química y quirúrgica contenidas en esta Ley".

El tema de la prohibición a procedimientos médicos suena aún más desde que el presidente de Estados Unidos, Donald Trump, firmara una orden ejecutiva que prohíbe el tratamiento de transición de género y cirugías a menores de 19 años, lo que considera una "mutilación sexual".

Incluso, la orden comienza criticando que actualmente muchos médicos "están mutilando y esterilizando a un número cada vez mayor de niños bajo la afirmación radical y falsa de que los adultos pueden cambiar el sexo a través de una serie de intervenciones médicas irreversibles".

Por tanto, el proyecto de ley prohíbe las intervenciones médicas y las instituciones públicas o privadas que reciban financiamiento público no podrán destinar fondos a estos procedimientos.

El Departamento de Educación (DE) y el Departamento de Salud, tendrán la encomienda de desarrollar programas de educación y sensibilización dirigidos a la comunidad, a los padres, tutores y profesionales de la salud sobre los riesgos asociados con las intervenciones médicas y quirúrgicas para la modificación del sexo en menores de edad.

Mientras, el Departamento de Justicia tendrá la potestad de investigar y sancionar aquellos que violen esta ley. La persona que viole la ley será sancionada con pena de reclusión por un término fijo de 15 años.

Si el caso es con un profesional de la salud, también se le revocaría la licencia profesional y si la persona es una persona jurídica, será sancionada con una multa de $50,000 por violación y se le revocarían todas las licencias y permisos de operación.

El P de la C 350 cerró con 47 votos a favor y cuatro en contra.

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Periodista con más de ocho años de experiencia en los medios de comunicación de Puerto Rico, enfocada en los temas legislativos y políticos.